Objeto del Contrato:
El RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DEL CAUCA, en uso de las atribuciones legales consagradas en el articulo 209 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 30 de 1992 y los Acuerdos 105 de 1993 y 015 de 2000 del Consejo Superior.
CONSIDERANDO:
El Consejo Superior Universitario dispuso en el Acuerdo 029 del 20 de junio de 2000, que "La Universidad contratará con una compañía de seguros legalmente constituida y con autorización para operar en el territorio nacional, una póliza de seguros colectiva que cubra los eventuales accidentes estudiantiles…" |